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Universidad de Zaragoza

Peticiones recurrentes

Última modificación
Mié , 19/06/2024 - 12:58

PETICIONES RECURRENTES:

¿QUÉ ACCIONES HEMOS EMPRENDIDO?

Tal y como se detalla en nuestros procedimientos y notas técnicas, se ha de valorar la recurrencia de las solicitudes de información pública, para, en su caso, publicar dicha información en el Portal de Transparencia.

Las referencias normativas son las siguientes:

El artículo 10.2. de la Ley 19/2013, indica que “El Portal de la Transparencia incluirá, en los términos que se establezcan reglamentariamente, la información de la Administración General del Estado, cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia”.

Además, el artículo 21.2. f) de la Ley 19/2013 dice que las Unidades de Información competentes para resolver las solicitudes, deben “Asegurar la disponibilidad en la respectiva página web o sede electrónica de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia”.

Por otra parte, el artículo 20.3 de la Ley 8/2015 dice que “Las Administraciones públicas aragonesas publicarán cualquier otra información que se considere de interés para la ciudadanía. En este sentido, se incluirá la información cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.”

En el artículo 38 f) de la citada ley 8/2015 indica que los departamentos competentes en Transparencia deben “Procurar la disponibilidad en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia, así como la actualización de la información que obre en los instrumentos de información de acceso público”.

En la Universidad de Zaragoza hemos añadido al Portal de Transparencia informaciones que se solicitan con frecuencia, cómo los exámenes de las últimas convocatorias del Personal de Administración y Servicios.

Fecha de actualización: septiembre de 2021